Nuevo Código del Proceso Penal

Algunos cambios incluidos en el nuevo Código del Proceso Penal en Uruguay

El nuevo Código del Proceso Penal en Uruguay (CPP) ya entró en vigencia, incorporando una serie de cambios y disposiciones, como ser un nuevo rol de fiscales y jueces

Promulgado en 2014, el nuevo Código del Proceso Penal en Uruguay comenzó a regir a partir del 1º de noviembre de 2017.

Algunos cambios previstos en el nuevo Código del Proceso Penal en Uruguay

Contar con un abogado

Si una persona es denunciada o acusada de un hecho aparentemente ilícito, es necesario contar con un abogado para presentarse en el juzgado.

Sin la compañía de un abogado, no es posible asistir a los juzgados.

La víctima (o su representante) podrán manifestar su intención de participar en el proceso, siendo obligatorio consignar sus datos y designar quien será su abogado.

Cuando la víctima carezca de recursos, podrá solicitar asistencia letrada mediante defensor público o a través de consultorios jurídicos de universidades públicas o privadas.

Salas de interrogación separadas

Los indagados serán interrogados en salas a las que se accede por la calle Misiones.

Por su parte, los testigos y denunciantes serán recibidos en salas a las que se ingresa por la calle Cerrito.

Audiencias orales y públicas

Una de las novedades del nuevo Código del Proceso Penal es que los juicios serán orales y públicos, siendo posible que medios de comunicación y público asistan a la sala de juicio (salvo en casos expresamente no permitidos).

Nuevos roles de fiscales y jueces

Los fiscales asumirán la dirección de las investigaciones (en colaboración con la Policía Nacional) y llevarán adelante las acusaciones, debiendo presentar las pruebas a los jueces.

La labor de los magistrados consistirá en juzgar, considerando los argumentos de fiscales y defensores.

El nuevo código confiere un sistema penal acusatorio, que supone separar claramente las funciones de acusar y juzgar, con lo cual las indagatorias del delito serán realizadas por el Ministerio Público y no por el juez (como hasta ahora).

Antes, el sistema se basaba en dos partes (fiscal y juez), contrapuestas a una (la defensa). A partir de ahora, con el nuevo código la relación se establece entre defensa y fiscalía, mientras que el juez trabaja «desde una posición de equidistancia», explicó a Radio Uruguay el periodista especializado en temas judiciales, Walter Pernas.

El nuevo CPP otorga nuevas funciones y un mayor protagonismo al Ministerio Público (fiscalía). Además de dirigir la investigación de delitos y llevar a cabo su persecución penal, el fiscal deberá brindar asistencia y protección a las víctimas y testigos.

La Policía, la Prefectura y la Policía Aérea actuarán como auxiliares del Ministerio Público durante las investigaciones, bajo la responsabilidad y dirección de los fiscales.

Además, en caso de que alguna de dichas instituciones reciba una denuncia, o entren en conocimiento de un hecho en apariencia delictivo, deberán informarlo inmediatamente al Ministerio Público.

Fiscalías especializadas

Se prevé la creación de fiscalías especializadas: habrá dos de homicidios, una de crimen organizado, otra de estupefacientes, dos de delitos complejos, dos de delitos sexuales violencia de género y cinco fiscalías para el resto de delitos.

Un software cruzado entre Poder Judicial y Fiscalía

Se prevé la implementación de un software que posibilite la interoperabilidad entre el Poder Judicial y la Fiscalía, por ejemplo para que la denuncia realizada ante la Policía llegue a la Fiscalía, solicitar autorización judicial para allanamientos, o también para iniciar una audiencia.

Primeras consecuencias desde su aplicación y polémica

El nuevo CPP incluye modificaciones en figuras delictivas, cambios en las penas, nuevas libertades, la implementación de figuras como la suspensión del proceso a prueba (alternativa para evitar condenas de prisión) y otras vías alternativas de resolución del conflicto, entre otras garantías previstas para los acusados y otros diferentes contenidos, muchos de ellos polémicos.

Según un informe basado en fuentes judiciales publicado en El País el 7 de diciembre de 2017, se ha constatado un menor ingreso de presos en cárceles de Montevideo, Maldonado y Paysandú, tras la aplicación del nuevo Código Penal del Proceso.

Críticas del ex fiscal Viana al nuevo Código del Proceso Penal uruguayo

Uno de los más críticos con la reforma penal ha sido el ex fiscal Enrique Viana, quien formalizó su renuncia el miércoles 1º de noviembre de 2017, cumpliendo con su palabra la misma jornada en que empezó a regir el nuevo Código del Proceso Penal.

En su carta de renuncia, Viana explica que la Fiscalía General de la Nación se convertirá en «una agencia gubernamental que dicta, diseña y ejecuta política pública…  No formaré parte de tamaña desviación».

«La perversa reforma procesal penal (…) emplaza a los fiscales como facilitadores de las inmoralidades e inconstitucionalidades que traen consigo. Fiscales acatando directivas e instrucciones políticas, y, encima, obrando como si fueran una dependencia del Ministerio del Interior», indicó.

Entre otros de sus cuestionamientos, según Viana se quita a los jueces su rol original y peligra la independencia técnica de los fiscales.

Además, cuestiona la modalidad de procedimiento penal abreviado que incorpora el nuevo CPP, pudiendo las partes llegar a acuerdos y negociar incluso la pena del acusado.

Desde la aplicación del nuevo código, para Viana habrá «fiscales haciendo de jueces en las comisarías, en sus sedes administrativas o en los pasillos de los juzgados, fiscales presionando pactos inmorales y con personas presas, violatorios de los principios de libertad, de igualdad ante la ley y de legalidad de los delitos y de las penas, (y) fiscales mercantilizando al derecho penal, (entre) algunas de las aberraciones jurídicas establecidas. No operaré como tal. No lo haré porque todo ello colisiona con mi conciencia moral y jurídica».

Por más información:

Críticas de Viana al nuevo CPP

Ley Nº 19.293 CÓDIGO DEL PROCESO PENAL

Nuevo Proceso Penal – IMPO