Porte de armas

¿Cómo tramitar el porte de armas en Uruguay? Requisitos y procedimiento legal

Para conseguir el permiso de porte de armas en Uruguay debe realizarse un trámite y presentar una serie de documentos.

En primer lugar, el interesado en portar armas debe obtener un permiso emitido por la autoridad policial, además de contar con el THATA (Título de Habilitación para la Adquisición y Tenencia de Armas) vigente y la correspondiente Guía del Arma.

La autorización de porte de armas en Uruguay depende del Ministerio del Interior y la Jefatura de Policía.

¿Dónde se realiza el trámite para el porte de armas en Uruguay?

Montevideo: Oficina de Tenencia y Porte de Armas de la Jefatura de Policía de Montevideo (Carlos Quijano 1316, esquina San José), de 9:00 a 17:00 horas.

Interior del país: Seccionales Policiales correspondientes al domicilio del solicitante.

*Dados los cambios en la gestión interna del trámite tras la nueva reglamentación de la Ley 19247/014, si bien se recibe la información, su gestión queda sujeta a la aprobación del nuevo procedimiento.

Requisitos y documentación para el trámite de porte de armas en Uruguay

  • C.I. (más fotocopia)
  • THATA (más fotocopia)
  • Guía del Arma (más fotocopia)
  • Certificado de ingresos / constancia laboral
  • Constancia de tramitación del Certificado de Antecedentes Judiciales
  • Certificado de aptitud (a cargo de un psicólogo Reserve hora con un psicólogo especialista haciendo click aqui)
  • Dos Fotocarnet recientes y a colore (2,5 x 2,5 aprox.)
  • Según indica la web armas-defensa, en caso de solicitar el trámite por primera vez, se necesita además un “Certificado de idoneidad para el porte y empleo de armas de fuego”, emitido en la Escuela Nacional de Policía, Escuelas de Policía Departamentales, Unidades Militares del interior e instituciones privadas de capacitación autorizadas por el Ministerio del Interior.

    Si el trámite es para renovar el porte de armas, debe presentarse el permiso anterior.

Descargue el formulario para solicitar el porte de arma

¿Qué costo tiene el trámite para solicitar el porte de armas en Uruguay?

De acuerdo a lo dispuesto por Decreto 63/2017: 140.40 UI. (Unidades Indexadas)

*Tener en cuenta que el THATA y el Trámite de Certificado de Antecedentes Judiciales también tienen un costo.

¿Qué es y dónde se consigue el THATA?

El Título de Habilitación para la Adquisición y Tenencia de Armas es la autorización que requiere toda persona mayor de 18 años para adquirir armas de fuego para su tenencia. El THATA es un documento único, personal e intransferible con una vigencia de 5 años.

Montevideo:
Solamente en la capital deberá agendarse primero por correo electrónico escribiendo a la dirección portedearmas-agendatramites.montevideo@minterior.gub.uy para luego asistir con día y hora, más la documentación solicitada, a la oficina correspondiente.

Interior del país:
Para quienes residen en el interior del país debe concurrir directamente a la Seccional Policial que corresponda a la jurisdicción del domicilio del solicitante.

Requisitos y documentos para solicitar el THATA

  • Fotocopia de C.I
  • Fotocopia de la credencial
  • Factura de UTE, Antel u OSE a tu nombre con dirección / o certificado de domicilio emitida por una comisaría
  • Recibo de sueldo / constancia laboral
  • Certificado de Antecedentes Judiciales
  • Certificado de aptitud emitido por un psicólogo (Reserve hora con un psicólogo especialista haciendo click aqui)
  • Certificado de aptitud emitido por un médico

Si se tramita por primera vez, certificado de aptitud en el manejo y seguridad de armas.

En caso de querer renovarlo, se requiere presentar el THATA anterior.

Para realizar cursos y obtener certificaciones de aptitud para el THATA, acceder a la siguiente página con información de armerías en Uruguay.

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¿Qué costo tiene el THATA?

Valor dispuesto por Decreto 18/2021: 90 UI (Unidades Indexadas)

*Debe agregarse el costo del Trámite de Certificado de Antecedentes Judiciales solicitado.

¿Cómo se consigue el THATA?

Debe seguirse un procedimiento expuesto en el Decreto 377/016.

Compra en Armería

El usuario elige el arma que desea adquirir y la Armería debe emitir un documento con todos los datos de identificación del arma y la información del futuro adquirente.

Al obtener el THATA, la persona únicamente podrá adquirir el arma que solicitó.

Dicho procedimiento debe repetirse cada vez que se realice una adquisición (ver limitantes y prohibiciones en el Decreto 377/016)

Compra entre particulares

Luego de seleccionar el arma a adquirir, el interesado debe identificarla a través de documentos ante la autoridad policial, así como certificar que el arma y su vendedor cumplen con los requisitos legales, además de contar con la Guía de Arma y el vendedor con su respectivo THATA.

Una vez expedido el THATA al futuro adquiriente, se habilitará a la persona a adquirir únicamente el arma para la cual se inició la solicitud.

¿Dónde y cómo obtener el Trámite de Certificado de Antecedentes Judiciales?

Montevideo:
Solamente en la capital deberá agendarse primero por correo electrónico escribiendo a la dirección portedearmas-agendatramites.montevideo@minterior.gub.uy para luego asistir con día y hora, más la documentación solicitada, a la oficina correspondiente.

Interior del país:
Para quienes residen en el interior del país debe concurrir directamente a la Seccional Policial que corresponda a la jurisdicción del domicilio del solicitante.

¿Cómo obtener la Guía del Arma?

Una vez consigas el THATA podrás comprar un arma, siendo obligatorio contar con la Guía del Arma, un documento que certifica la propiedad de la misma.

¿Dónde solicito la Guía del Arma?

  • Registro Nacional de Armas del Servicio de Materiales y Armamento del Ejército Nacional (23540326 – 23540327,/ armassma@ejercito.mil.uy).
  • En la armería donde compres el arma, siempre y cuando esté autorizada por el Ministerio del Interior.

Requisitos para tramitar la Guía del Arma

  • Fotocopia del THATA vigente.
  • Fotocopia de la C.I
  • Factura de UTE, Antel u OSE a tu nombre con dirección / certificado de domicilio emitida por una comisaría.

¿Qué dice la Ley de porte de armas en Uruguay?

La Ley N° 19247 trata sobre el porte, tenencia y comercialización de armas en Uruguay, estableciendo lo siguiente en sus primeros artículos:

Artículo 1 (Tenencia y porte no autorizados).- Prohíbese la tenencia y porte de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados que no hayan sido debidamente autorizados por el Ministerio del Interior, por el Ministerio de Defensa Nacional o por ambos, según corresponda.

El Poder Ejecutivo establecerá los tipos, características y requisitos que se deberán cumplir para autorizar la tenencia y porte de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados en poder de civiles, así como las sanciones previstas en esta ley por la tenencia no autorizada de las mismas.

Se entenderá por armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados a los mencionados en los numerales 3 a 6 del Artículo I de la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados aprobada por la Ley N° 17.300, de 22 de marzo de 2001.

Artículo 2 (Incautación).- Las armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados que no hayan sido debidamente autorizados, serán incautados sin perjuicio de la aplicación de las normas administrativas y penales correspondientes. Asimismo se dispondrá la incautación en forma inmediata en aquellos casos cuyo titular haya sido procesado por delitos cometidos con violencia o con intimidación contra las personas, mediante el empleo de un arma de fuego o
vinculados a violencia doméstica.

Enlace a la Ley N° 19247 «Tenencia, Porte, Comercialización y Tráfico de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados»

Enlace a la reglamentación de la ley – Decreto N° 377/016